
ยกPara poner fin al conflicto! El ente gubernamental ha actuado como mediador entre la RFEF y la nueva LPFF.
El Consejo Superior de Deportes ha anunciado a travรฉs de una nota de prensa, emitida con carรกcter urgente, que ya ha tomado una decisiรณn respecto al sorteo de la Primera Divisiรณn Femenina que fue paralizado temporalmente el pasado 26 de julio por un conflicto de intereses entre la Real Federaciรณn Espaรฑola de Fรบtbol y la Liga Profesional de Fรบtbol Femenino.

El ente que preside Josรฉ Manuel Franco confirma confirma que la actuaciรณn de la RFEF en relaciรณn a la organizaciรณn del sorteo era contraria al marco legal y que dicha competencia pertenece a la LPFF como organizadora de la competiciรณn profesional de fรบtbol femenino.

En este sentido, La LPFF ha instado a la RFEF a celebrar el sorteo este mismo miรฉrcoles en lugar del viernes, como era su intenciรณn y tras varias jornadas de incertidumbre se pone manifiesto lo siguiente:
- El conflicto de competencias, confirmando, en contra de lo argumentado y pretendido por la RFEF, su evidente competencia para resolverlo.
- La resoluciรณn confirma y da la razรณn a la LPFF en que esta, y no la RFEF, es la entidad organizadora de la competiciรณn profesional de fรบtbol femenino y que, por tanto, la RFEF carece de competencia para la organizaciรณn del sorteo del calendario de emparejamientos. De igual forma la resoluciรณn confirma que es la LPFF, y no la RFEF, quien tiene la potestad para todas las cuestiones de รญndole organizativo, como es la comunicaciรณn con los clubes para la determinaciรณn de los sus condicionantes y aquellos que la propia LPFF quiera establecer.
- Asรญ mismo, la resoluciรณn entiende que el sorteo es una materia sujeta a coordinaciรณn entre ambas entidades por lo que la LPFF, una vez haya determinado los condicionantes, deberรก remitirlos a la RFEF para que los aplique y proceda a la celebraciรณn del acto del sorteo. No obstante, resulta sorprendente el diferente criterio que se aplica al fรบtbol profesional femenino en comparaciรณn con otras competiciones masculinas, profesionales y no profesionales.
- En este sentido cabe igualmente recordar que en todo caso el alcance de la funciรณn de coordinaciรณn que la normativa en vigor atribuye a la RFEF ha sido claramente delimitada por la jurisprudencia, en especial, por la Audiencia Provincial de Madrid, asรญ como por el propio CSD en diferentes resoluciones. De esta manera, la LPFF estรก analizando si esta resoluciรณn es acorde o se aparta de estos pronunciamientos judiciales.
- Por รบltimo, la LPFF, a peticiรณn de la RFEF, ha confirmado que los condicionantes a aplicar son los mismos que los que esta Liga Profesional ya trasladรณ a la RFEF. La LPFF ha instado a la RFEF a que el sorteo se celebre este mismo miรฉrcoles sin mรกs dilaciรณn, en lugar del viernes como asรญ habรญa propuesto el Secretario General de la RFEF, Don Andreu Camps.

De este modo, el azar serรก el encargado de establecer el itinerario que deberรกn seguir los diecisรฉis clubs de la รฉlite que ansรญan por encima de todo levantar el trofeo del torneo de la regularidad que, en los รบltimos tres cursos futbolรญsticos se ha adjudicado el Fรบtbol Club Barcelona Femenino.

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